Para los ejercicios 2022 y 2023, no se han impuesto penalidades a ningún contratista.
Atendiendo al tipo de contrato, en cada Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se especifican las penalidades a aplicar, en su caso y conforme a cada tipo de procedimiento, siempre conforme a la LCSP.
Actualizado a 19/02/2024